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Código Penal Artículo 246 bis Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Baja California
Artículo 246 bis. Excluyente de la acción penal

Será causa de excluyente de la acción penal, el que el portador compruebe fehacientemente que los instrumentos, herramientas o utensilios comprendidos en el artículo 245, sean utilizados en las labores domésticas, del campo o en cualquier oficio, profesión o actividad deportiva, pero su uso deberá limitarse al local, ruta o área en que su poseedor se aboque o desempeñe tales actividades.



Estado de Baja California Artículo 246 bis Código Penal
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